Mar. Ene 7th, 2025

A partir del 16 de septiembre de 2020, los servicios digitales importados, como Netflix, Spotify y otros, empezarán a pagar impuesto al valor agregado (IVA) en Ecuador, según el reglamento para la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria. “El impuesto al valor agregado a los servicios digitales, será aplicable a partir del 16 de septiembre de 2020, tras haber concluido el plazo de 180 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la referida Ley en el Registro Oficial”, sostiene el reglamento.
¿Cómo se retendrá el IVA? Según el reglamento para la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, publicado el 4 de agosto, los encargados de retener el IVA en los servicios digitales serán:

Las entidades emisoras de tarjetas de crédito.
Las entidades emisoras de tarjetas de débito.
Otros agentes establecidos por el SRI.

¿Qué pasa con los pagos en efectivo? “No es posible evadir el impuesto al pagar en efectivo, pues en el momento en que use otro método de pago se le cobrará el IVA de forma acumulada“, afirmó el abogado tributarista Napoleón Santamaría, en una entrevista con PRIMICIAS.

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